Monta tu empresa bien desde el origen, no con la plantilla que toque.
La forma jurídica, los estatutos y el reparto que de verdad le convienen a tu proyecto, pensados para cuando entre un socio o un inversor.
¿Tu empresa va a tener domicilio en Barcelona? Lo vemos en constitución de sociedades en Barcelona, con la inscripción en el Registro Mercantil de Barcelona.
Crear una empresa tiene una parte de trámite (notario, capital, Registro Mercantil) y una parte de decisión, que es la que casi nadie te explica y la que de verdad importa: qué forma jurídica eliges, qué dices en los estatutos y cómo repartís la propiedad si sois varios.
Esas decisiones son fáciles de tomar al principio y caras de cambiar después. Por eso no te montamos la empresa en piloto automático: nos sentamos contigo, entendemos a dónde quieres llegar y la constituimos pensando en eso.
¿Vas a montar tu empresa en Madrid? Lo vemos a fondo en nuestra página de constitución de sociedades en Madrid.
El trámite lo hace cualquiera. La diferencia está en estas decisiones.
SL, autónomo o sociedad para varios socios. La correcta no es la más común, sino la que encaja con tu actividad y tus planes.
Las reglas internas que se inscriben. Bien redactados te dan margen; copiados de un modelo, te atan sin saberlo.
Cuánto se aporta y cómo, en dinero o en bienes. Desde 2022 puedes constituir una SL desde un euro.
Quién tiene qué porcentaje y qué implica al decidir. Si sois varios, aquí entra el pacto de socios.
Nos cuentas qué quieres montar, solo o con socios, y a dónde quieres llegar. Te decimos si te podemos ayudar y por dónde empezar.
Definimos la forma jurídica, el reparto y los estatutos que encajan con tu proyecto, no con una plantilla.
Preparamos los estatutos, coordinamos la firma ante notario y la inscripción, y si sois varios, dejamos planteado el pacto de socios.
Lo que pide el proceso, hecho bien para que no te lo tumben después.
Solicitamos la certificación negativa al Registro Mercantil Central para confirmar que el nombre está libre.
Desde la Ley 18/2022, la SL puede constituirse desde un euro, con reserva legal hasta los 3.000. Definimos el adecuado a tu proyecto.
Dinerarias o no dinerarias (bienes, maquinaria); las no dinerarias exigen una valoración correcta para evitar responsabilidades.
La actividad de la empresa, redactada con la amplitud justa: ni tan estrecha que la limite, ni tan vaga que el Registro la rechace.
Las reglas de funcionamiento de la sociedad. Aquí es donde se juega casi todo.
Administrador único, solidario, mancomunado o consejo: cada opción tiene consecuencias en agilidad y responsabilidad.
Cuando alguien me dice «quiero montar una SL» casi siempre acierta, porque para la inmensa mayoría de proyectos la Sociedad Limitada es la forma correcta. Pero conviene saber por qué, y saber cuándo no lo es, porque cambiar de forma después cuesta tiempo y dinero.
Lo importante no es la etiqueta, es qué vas a hacer con la empresa dentro de tres años. Si vas a levantar una ronda, si va a entrar tu familia, si quieres repartir participaciones a tu equipo: eso decide la forma, no al revés. Eso lo vemos en la primera llamada.
Aquí está el malentendido más caro que veo. La gente monta una sociedad para «no responder con lo suyo», y es verdad a medias. La responsabilidad del socio está limitada a lo que puso. La responsabilidad del administrador no lo está. Y muchas veces el socio y el administrador son la misma persona.
El administrador responde con su patrimonio personal si incumple sus deberes. Los casos que más se dan no son fraudes rebuscados, son descuidos:
No lo cuento para asustar, sino para que el cargo se tome en serio. Ser administrador no es un título honorífico que se da al socio con más nombre; es asumir deberes con consecuencias personales. Por eso, al constituir, conviene decidir con cabeza quién administra, cómo (administrador único, dos administradores solidarios, mancomunados o un consejo) y con qué controles. No es lo mismo que cualquiera de los dos socios pueda firmar solo (solidarios) a que hagan falta los dos para todo (mancomunados). Esa decisión, que se toma en un minuto al constituir, condiciona el día a día de la empresa durante años.
Desde la Ley Crea y Crece se puede constituir una Sociedad Limitada con un capital de 1 euro. Es cierto y es una buena herramienta, pero conviene saber lo que implica mientras el capital siga por debajo de 3.000 euros:
El euro simbólico no es mala idea, pero conviene elegirlo sabiendo lo que implica. Para un proyecto que va a facturar desde el primer mes, a veces tiene más sentido aportar un capital que dé imagen de solvencia frente a bancos y proveedores. Para uno que arranca sin ingresos, el euro permite empezar sin inmovilizar dinero. Lo que no conviene es elegirlo a ciegas.
No hace falta estar en España, ni ser español, para montar aquí una sociedad. Lo hacemos a menudo, y el trámite está pensado para eso. Lo que sí hay que ordenar bien es la documentación, porque un error aquí bloquea la escritura:
La distancia no baja la calidad del trabajo. Lo que marca la diferencia es tener la documentación lista antes de sentarse con el notario, y de eso nos encargamos nosotros.
Casi ningún problema societario nace de la ley. Nace de decisiones que se tomaron rápido al principio. Estos son los cinco que más veces he tenido que reparar después, cuando reparar ya cuesta:
Desde 2022 puedes hacerlo con un capital social de apenas un euro, con la condición de ir reservando parte de los beneficios hasta llegar a los 3.000 euros. Lo que conviene a tu caso lo valoramos contigo.
Depende de tu actividad, tus ingresos, tu responsabilidad frente a deudas y de si vas a tener socios o inversores. No hay una respuesta única; por eso lo decidimos según tu situación.
Una gestoría te tramita la constitución. Un abogado decide contigo la estructura que mejor te protege y te deja margen para crecer. La diferencia se nota cuando entra un socio, un inversor o un conflicto.
Muy recomendable, y mejor desde el principio. Los estatutos no cubren lo que pasa entre vosotros si algo cambia. El pacto sí, y acordarlo al constituir es cuando más fácil resulta.
Depende de tres cosas: la certificación del nombre en el Registro Mercantil Central, la agenda del notario y si hay socios extranjeros. Con la vía telemática (PAE/CIRCE) una limitada sencilla, con socios españoles y todo en orden, puede quedar constituida en pocos días. Lo que suele alargar el proceso no es el trámite, es no tener decidido antes quién administra, con qué estatutos y con qué objeto social.
Administrador único: una sola persona decide y firma. Solidarios: hay varios y cada uno puede actuar por su cuenta. Mancomunados: hay varios y tienen que actuar juntos para obligar a la sociedad. La elección afecta al día a día y a la responsabilidad de cada uno, así que conviene pensarla al constituir y no copiarla de otra empresa.
Sí, son aportaciones no dinerarias. Tienen la ventaja de que capitalizas algo que ya tienes, y la cautela de que los socios responden de que la valoración sea real. No es aportar y ya está: hay que valorar bien y documentarlo, porque una valoración inflada genera responsabilidad.
No es «cerrar lo de antes y abrir lo nuevo» sin más. Hay que decidir qué pasa con los contratos, los activos y la actividad que ya tienes, y a veces conviene aportar el negocio existente a la nueva sociedad. Se puede hacer bien, pero es una operación que se planifica, no un cambio automático.
Puedes fijar el domicilio social en tu vivienda si desde ahí se dirige la empresa. Lo que hay que tener claro es que el domicilio determina, entre otras cosas, en qué Registro Mercantil se inscribe la sociedad y qué juzgados serían competentes ante un conflicto. No es un dato menor de relleno.

Soy Mercedes Batanero y dirijo Batanero Abogados. Conozco tu empresa, diseño la estrategia y me siento a negociar contigo. Hablas directamente con la abogada que lleva tu caso.
Soy especialista en Derecho Mercantil. No soy la abogada que dice a todo que sí para facturar más: te diré lo que necesitas escuchar, aunque a veces incomode.
Colegiada ICAM 138229.
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