Abogado de fusiones y adquisiciones en Vigo

Una empresa se compra por lo que vale, no por lo que cuenta de sí misma. La diferencia entre las dos cosas la encuentra quien la mira por dentro antes de firmar.

Tienes encima de la mesa una operación: comprar una empresa, vender la tuya o integrar dos negocios en uno. Y casi sin darte cuenta, toda la conversación acaba girando en torno a una cifra y a un calendario. Cerrar pronto, cerrar limpio, no dejar que se enfríe.

Qué hay en juego cuando se compra o se vende una empresa

El número importa, claro. Pero rara vez es donde se gana o se pierde la operación. Lo que de verdad pesa es lo que no se ve a simple vista: el contrato que se rescinde si cambia el dueño, el pleito que el vendedor no mencionó, la deuda fiscal que aún no ha aflorado, la plantilla con condiciones que nadie revisó, el cliente que aporta la mitad de la facturación y se marcha al cambiar de manos. Nada de eso se evapora al firmar. Pasa a ser tuyo.

Acompañamos a emprendedores, startups, pymes y empresa familiar a comprar, vender o fusionar empresas en Vigo con cabeza: abriendo la sociedad por dentro para ver qué hay de verdad, negociando un contrato que sostenga tu posición y dejando el cierre bien atado ante notario, para inscribir después lo que proceda en el Registro Mercantil de Pontevedra. Para que firmes sabiendo qué hay debajo, no esperando que esté todo en orden.

Una operación de fusiones y adquisiciones (lo que se conoce como M&A) parece, vista desde fuera, una negociación de precio y poco más. Uno pide, otro ofrece, se cierra en un punto intermedio. Si todo se redujera a eso, bastaría con una calculadora.

Lo que en realidad cambia de manos es una sociedad viva, con todo lo que arrastra: sus contratos, su gente, sus impuestos, sus licencias, su marca, su cartera de clientes y las deudas que figuran junto a las que no figuran. Esa historia no se descubre en una comida de negocios. Se descubre mirando, documento a documento, y se reparte en el contrato decidiendo quién carga con cada cosa.

Vigo es un sitio donde esto ocurre a diario, y con un tejido empresarial muy particular. Hay industria naval y auxiliar de la automoción, un sector pesquero y conservero con peso propio, y mucha empresa familiar industrial que llega al relevo generacional sin tener claro si vender, traspasar o integrarse con otra. No hablamos de grandes corporaciones con un bufete entero detrás, sino de empresas que en una sola operación se juegan lo que han levantado durante décadas. Cuando enfrente hay alguien bien asesorado y tú no, esa diferencia termina escrita en el contrato.

Comprar la sociedad o comprar el negocio: la primera decisión que lo cambia todo

Quien compra una empresa tiene dos caminos delante, y elegir mal en este punto condiciona el resto: la fiscalidad, lo que heredas y hasta dónde llegas a responder. Conviene tenerlo claro antes de hablar de cifras.

Compra de participaciones o acciones (share deal)

Adquieres la sociedad completa. Te quedas el negocio funcionando, pero también todo su recorrido anterior: sus contratos, su plantilla, sus obligaciones y cualquier contingencia oculta, la conozcas o no. La sociedad es la misma de siempre, con su personalidad jurídica intacta; lo único que cambia es quién la controla. Ganas continuidad, no se rompe nada. A cambio, cargas con el pasado entero, incluido lo que nunca salió a la luz.

Compra de activos o de una unidad productiva (asset deal)

No te llevas la sociedad, sino elementos concretos: una marca, una planta, una línea de negocio, una cartera de clientes, una unidad productiva que ya opera. Decides qué activos adquieres y, en principio, qué pasivos asumes. Es más selectivo, pero también más trabajoso: hay que identificar y transmitir cada activo uno a uno, y ciertos contratos o licencias no se traspasan por sí solos.

Hay un detalle del asset deal que pilla a mucha gente por sorpresa y que conviene tener presente desde el minuto uno: cuando lo que se transmite es una unidad productiva con sus trabajadores, lo habitual es que entre en juego la sucesión de empresa del artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores. Traducido, que el comprador se subroga en la plantilla y en sus condiciones, y que comprador y vendedor responden de determinadas obligaciones laborales. Por eso el asset deal no siempre deja lo laboral fuera, aunque lo parezca. Justo de esto hay que hablar antes de escribir una línea, porque la estructura ideal para una parte puede ser la trampa para la otra.

La due diligence: abrir la empresa por dentro antes de firmar

Si hay una fase imposible de saltarse, es esta. Y es, casualmente, la primera que se atropella cuando hay prisa por cerrar. La due diligence es la revisión a fondo de la empresa antes de comprarla, y se hace por capas. La legal (contratos, situación societaria, litigios, licencias y permisos), la fiscal (impuestos pagados y los que puedan venir), la laboral (plantilla, contratos, convenios, posibles reclamaciones) y la mercantil y financiera (si las cuentas reflejan de verdad lo que aparentan). Dicho de otro modo: levantar la tapa y ver el motor, no quedarse con la foto del folleto. ¿Para qué sirve, en la práctica? Para dos cosas, y las dos valen su peso en oro.

Saber qué se compra realmente

Una empresa puede esconder un litigio a punto de estallar, una contingencia fiscal latente, un arrendamiento con una cláusula que se dispara al cambiar de titular, contratos con clientes que se evaporan cuando entra un dueño nuevo, o una plantilla con reclamaciones en cola. Nada de eso asoma en la primera reunión. Asoma cuando vas a buscarlo.

Negociar con esa información en la mano

Lo que se encuentra no solo sirve para retirarse a tiempo si la cosa huele mal. Sirve para rebajar el precio, exigir garantías a medida del riesgo detectado, retener parte del pago hasta que el peligro pase, o trasladar al vendedor un problema que nace de su época.

Sin due diligence, compras a ciegas y firmas fiándote. Con due diligence, firmas sabiendo. Lo que se deja mal atado acaba pasando factura, y en una compraventa de empresas la factura es de las grandes.

Cómo se ordena una operación de compraventa de empresas

Comprar o vender una empresa no es un acto único, es un proceso con etapas. Cada una cumple su función, y resolver una deprisa, o saltársela, es justo donde brotan los problemas. Este suele ser el itinerario de una operación de M&A:

  1. Confidencialidad (NDA) y carta de intenciones (LOI). Antes de enseñar las tripas de la empresa, las partes firman un acuerdo de confidencialidad para que lo compartido no termine en manos de un competidor. Y se redacta una carta de intenciones que fija el marco: qué se quiere comprar o vender, en qué condiciones generales y con qué plazos. Suele incorporar una cláusula de exclusividad, para que el vendedor no negocie en paralelo con otros mientras dura el proceso.
  2. Due diligence. La revisión a fondo que acabamos de describir. Es el momento de mirar debajo de las alfombras y averiguar qué se está comprando de verdad.
  3. Negociación y firma del contrato de compraventa (SPA). El documento que lo concentra todo: qué se compra con exactitud, el precio, la forma y el calendario de pago, las condiciones y las garantías. Aquí es donde lo descubierto en la revisión se convierte en cláusulas concretas y en protección efectiva.
  4. Condiciones suspensivas. Antes del cierre suelen tener que cumplirse ciertos requisitos pactados: una autorización administrativa, el consentimiento de un tercero, la confirmación de que no ha aflorado un problema grave. Mientras no se cumplen, la operación no avanza.
  5. Cierre (closing) ante notario. La firma definitiva y el pago. La compraventa de participaciones de una sociedad limitada se documenta en escritura pública. Cuando se cierra, la operación es un hecho: la empresa, o lo que se haya adquirido, cambia de dueño.
  6. Inscripción en el Registro Mercantil de Pontevedra. Las consecuencias que afectan a la sociedad (un cambio de administrador, de capital, una fusión o una escisión) se inscriben en el Registro Mercantil que corresponde al domicilio social para que produzcan efecto frente a terceros. Si la sociedad tiene su domicilio en Vigo, esa inscripción se practica en el Registro Mercantil de Pontevedra, que es el competente para toda la provincia. Hasta que ese trámite no está hecho, hay cosas que no quedan cerradas del todo por mucho que las manos se hayan estrechado.

Parece un proceso mecánico, y en parte lo es. Pero en cada etapa hay decisiones que marcan el resultado: cuánto retienes del precio hasta que el riesgo pase, qué garantías reclamas, qué condiciones impones al cierre. Esas decisiones no las resuelve un formulario.

El precio no es un número, es un mecanismo

Aquí hay algo que descoloca a quien compra o vende su primera empresa: la cifra que se acuerda al principio casi nunca es la que se paga al final. Y no porque alguien haga trampa, sino porque una empresa no es un objeto quieto. Entre que se pacta un precio y se cierra la operación, el negocio sigue su curso: cobra, paga, factura, contrae deudas. Por eso el contrato suele incluir un mecanismo de ajuste de precio, que afina la cifra en función de cómo esté la empresa de verdad en el momento del cierre. Hay dos grandes maneras de articularlo, y conviene saber cuál te favorece:

Locked box

El precio se fija sobre unas cuentas de una fecha pasada y cerrada, y a partir de ahí el riesgo del negocio pasa al comprador. Aporta certeza, el número queda clavado, pero exige fiarse de esas cuentas y blindar que el vendedor no vacíe valor entre esa fecha y el cierre.

Completion accounts

El precio se ajusta tras el cierre, con unas cuentas elaboradas a la fecha real de la operación. Es más exacto, retrata la foto del día del cierre, pero abre una negociación posterior y, a veces, alguna discusión sobre las cifras.

A esto se suman otras piezas que también forman parte del precio real aunque no sean la cifra que se anuncia: una parte del pago que se retiene un tiempo por si surge un problema de los que cubren las garantías, o un earn-out, importes que se abonan más adelante solo si la empresa cumple ciertos objetivos después de la compra. El earn-out es habitual cuando vendedor y comprador no se ponen de acuerdo sobre cuánto vale el futuro del negocio: se reparte el riesgo en el tiempo.

En cristiano: cómo se construya ese mecanismo en el contrato protege tu posición tanto o más que la cifra de partida. Por eso no nos quedamos en el cuánto, sino en el cómo, el cuándo y el qué pasa si algo no encaja.

Llevamos operaciones de empresas de Vigo y de toda España

Vamos a ser claros, porque preferimos las cosas dichas como son. No tenemos oficina física en Vigo. Y para una operación de compraventa o de fusión, eso no te resta absolutamente nada.

Acompañamos operaciones de empresas de Vigo y de toda España. La parte del trabajo que de verdad mueve la aguja (revisar la empresa en la due diligence, redactar y negociar el contrato, preparar el cierre) es documental y se gestiona perfectamente en remoto, y cuando el asunto lo pide, también de forma presencial. Lo que cuenta no es la distancia hasta un despacho, es quién mira lo que compras o vendes y quién pelea las garantías que te protegen.

Y hay un dato objetivo que sí ancla la operación al territorio: si la sociedad tiene su domicilio en Vigo, lo que afecte a la sociedad se inscribe en el Registro Mercantil de Pontevedra, y un eventual conflicto entre las partes correspondería a los juzgados de lo mercantil de Vigo. El tejido empresarial vigués (industria naval y auxiliar, automoción, sector pesquero y conservero, empresa familiar industrial con relevo a la vista) es justo el tipo de cliente con el que trabajamos a diario en compraventas y fusiones. Sin vender una cercanía que no toca, con el trabajo que sí importa.

Cómo trabajamos

Cómo trabajamos contigo

01

Llamada inicial (15 minutos)

Nos cuentas qué operación tienes sobre la mesa: comprar, vender o fusionar. Te decimos qué hay que mirar, dónde están los riesgos y qué información hace falta. Sin tecnicismos.

02

Revisión y due diligence

Miramos a fondo la empresa antes de firmar (legal, financiera, fiscal y laboral) y traducimos lo que aparece en palancas de negociación: precio, garantías y condiciones.

03

Contrato, negociación y cierre

Negociamos y redactamos el contrato que protege tu posición (manifestaciones y garantías, ajuste de precio) y preparamos el cierre ante notario y la inscripción en el Registro Mercantil de Pontevedra.

Las claves

A fondo: garantías, precio, estructura y operaciones

Si tuviera que señalar la pieza del contrato que más protege a quien compra, apuntaría a esta.

Las manifestaciones y garantías, lo que en el argot se llama representations and warranties, son las declaraciones que el vendedor hace sobre el estado real de la empresa. El vendedor afirma, por escrito y con consecuencias, que las cuentas reflejan la situación verdadera, que no hay litigios escondidos, que los impuestos están al día, que los contratos relevantes siguen vigentes, que no existen deudas fuera de balance.

¿Por qué importan tanto? Porque no hay due diligence perfecta. Por bien que se revise una empresa, siempre puede quedar algo en la sombra. Las manifestaciones y garantías cubren ese hueco: si más tarde se descubre que algo de lo declarado no era cierto, se activa el régimen de indemnización pactado y el vendedor responde.

En cristiano: el vendedor te asegura por escrito que la empresa está como dice, y si no lo está, paga. Por eso se negocian con tanto detalle, y por eso conviene conocer las piezas con las que se gradúa esa responsabilidad:

  • Régimen de indemnización (indemnity). El mecanismo por el que el vendedor responde cuando una garantía resulta falsa o aflora una contingencia cubierta. Fija cómo, cuándo y con qué alcance paga.
  • Límite máximo (cap). El tope de lo que el vendedor puede llegar a responder. Delimita el techo de su exposición.
  • Umbral mínimo (de minimis y basket). El de minimis aparta las reclamaciones menores, las que no alcanzan una cifra mínima. El basket marca un suelo: hasta que la suma de incidencias no supera cierto nivel, no se reclama nada.
  • Plazos de supervivencia. Cuánto tiempo siguen vivas las garantías una vez cerrada la operación. Lo fiscal y lo laboral suelen extenderse más que el resto, por sus propios plazos legales.

A esto se añade con frecuencia una garantía de cobro, para que el comprador no se quede con la indemnización solo sobre el papel: una parte del precio depositada en escrow (una cuenta bloqueada que custodia un tercero) hasta que pase el periodo de riesgo. Una buena cláusula es la diferencia entre recuperar lo que pierdes por una sorpresa o tragártela tú. Es, muchas veces, donde la operación se gana o se pierde de verdad.

Una operación no termina cuando se estampa la firma. Buena parte de su valor depende de lo que se pacte para el día siguiente, y eso también se escribe en el contrato.

  • Pacto de no competencia. El vendedor se obliga a no montar ni colaborar con un negocio que compita con el que acaba de vender, durante un tiempo y en un ámbito razonables. Sin esta cláusula, podrías comprar una empresa y encontrarte al vendedor llevándose a la cartera de clientes a la semana siguiente.
  • Permanencia de las personas clave. En muchas operaciones el valor está en quien sostiene el negocio: el fundador, el responsable técnico, el comercial que conoce a cada cliente. Se pacta que esas personas continúen un tiempo, para que el conocimiento no salga por la puerta el día del cierre.
  • Pacto de socios para después. Si tras la operación conviven varios socios en la sociedad (por ejemplo, cuando el comprador entra pero el vendedor conserva una parte), el pacto que ordena esa convivencia es decisivo para que la compra no abra un conflicto nuevo donde antes no lo había.

Pensar en el día después no es desconfianza. Es lo que hace que lo que compras siga valiendo lo que pagaste cuando ya nadie está mirando.

Hasta aquí hemos hablado sobre todo de comprar y vender. Pero existe otra familia de operaciones distinta: las que tocan la propia estructura de las sociedades.

Una fusión es la unión de dos o más sociedades en una sola. Una escisión es lo contrario: una sociedad se divide, en todo o en parte, en varias. Junto a ellas hay otras modificaciones estructurales, como la transformación (cambiar de tipo de sociedad), la cesión global de activo y pasivo o el traslado internacional del domicilio social.

Estas operaciones se rigen hoy por el Real Decreto-ley 5/2023, que vino a sustituir a la anterior Ley 3/2009 de Modificaciones Estructurales. Y no son un simple papeleo: tienen su procedimiento (proyecto, informes, balance, acuerdo de junta, derecho de oposición de los acreedores, escritura e inscripción), pensado para proteger a los socios y a los acreedores de las sociedades implicadas. En cristiano: fusionar o escindir empresas no es solo una decisión de negocio, es un proceso jurídico con reglas que hay que cumplir paso a paso, y un tropiezo en el camino puede frenar la operación entera o dejarla expuesta a impugnación. Suelen culminar precisamente con la inscripción en el Registro Mercantil de Pontevedra, así que conviene plantearlas bien desde el origen. En el tejido industrial de Vigo, donde es frecuente integrar sociedades de un mismo grupo familiar o reorganizar ramas de actividad, este tipo de operación aparece más de lo que la gente imagina.

Hasta aquí hemos mirado mucho desde la silla del comprador. Pero la mitad de las operaciones se viven desde el otro lado: el de quien vende. Y vender bien también se prepara.

Lo que más dinero le cuesta a un vendedor no suele ser negociar flojo. Es llegar a la due diligence del comprador con la casa revuelta: contratos sin firmar, actas de juntas que faltan, un asunto fiscal sin cerrar, una marca que se usa pero nunca se registró, participaciones cuya titularidad no está clara del todo. Cada cabo suelto es una excusa para que el comprador baje el precio o exija más garantías.

Preparar la venta es ordenar todo eso antes de abrir la puerta. Es la due diligence que te haces a ti mismo para llegar a la negociación con la empresa presentable y sin sorpresas que jueguen en tu contra. Cuanto más limpia esté la sociedad, menos margen tiene el comprador para regatear y más fuerte es tu posición. En Vigo esto pesa especialmente en la empresa familiar industrial que afronta el relevo: ordenar la sociedad con tiempo, antes de buscar comprador, es lo que separa una venta digna de un malvender por las prisas o por la presión de un comprador que sabe esperar.

Si estás pensando en vender tu empresa, o en traspasarla porque te jubilas o cambias de rumbo, cuanto antes empieces a ordenar, mejor sales. Lo vemos contigo, cabo por cabo.

El despacho

Por qué una abogada mercantilista a tu lado

Una operación de M&A no es un documento que se firma. Es un proceso que se acompaña de principio a fin, y en cada fase hay decisiones que protegen, o que dejan al descubierto, tu posición. Ahí no basta con rellenar un contrato de plantilla, ni con que una gestoría tramite la escritura.

En Batanero Abogados nos dedicamos solo a Derecho Mercantil y Derecho Societario. No somos un despacho que hace de todo un poco. Esa especialización es la que permite ver dónde están los riesgos de una compraventa antes de que se conviertan en un problema: la garantía que falta, el ajuste de precio mal calibrado, la contingencia laboral del artículo 44 que nadie miró, la cláusula que deja a una de las partes expuesta. Y hablas directamente con la abogada que lleva tu operación, no con un comercial, ni con un becario, ni con un equipo rotatorio del que nunca sabes quién lleva tu caso.

Tratamos una compraventa de empresa como lo que es, una de las decisiones más grandes en la vida de un negocio, no un trámite que se despacha rápido. Esta página forma parte de nuestro trabajo como abogado mercantil en Vigo, donde acompañamos a las empresas en todo lo que rodea a una operación así.

Madrid · distrito financiero de la Castellana

Tu operación de M&A bien planteada

Tanto si compras, como si vendes o fusionas, lo importante es mirar antes de firmar. Cuéntanos qué tienes sobre la mesa y te diremos, sin paños calientes, qué hay que revisar de verdad y cómo dejar tu posición protegida.

Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes

En la compra de participaciones o acciones (share deal) adquieres la sociedad entera, con su pasado y sus contingencias: los mismos contratos, la misma plantilla, las mismas deudas. En la compra de activos o de una unidad productiva (asset deal) compras elementos concretos y eliges, en principio, qué activos y qué pasivos asumes. El share deal aporta continuidad, pero hereda todo el recorrido anterior; el asset deal da control, pero es más laborioso de articular, y si se traspasa una unidad productiva con trabajadores suele operar la sucesión de empresa del artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores. Cuál conviene depende de la empresa, de sus riesgos y de la fiscalidad de cada parte. Es justo lo que conviene analizar antes de decidir nada.

Es la revisión a fondo de la empresa antes de comprarla: legal, fiscal, laboral y mercantil-financiera. Sirve para dos cosas. Primero, saber qué se compra de verdad (deudas, contratos, litigios, situación laboral y fiscal) y no lo que cuenta el folleto. Segundo, negociar con esa información en la mano: ajustar el precio, exigir garantías o retener parte del pago hasta que el riesgo pase. Sin due diligence se compra a ciegas. Es la fase que no conviene saltarse jamás, por mucha prisa que haya por cerrar.

Son las declaraciones del vendedor sobre el estado real de la empresa: que las cuentas son ciertas, que no hay litigios ocultos, que los impuestos están pagados, que no hay deudas escondidas. Y, sobre todo, llevan asociado un régimen de indemnización si resultan falsas, con sus límites: un tope máximo (cap), un umbral por debajo del cual no se reclama (de minimis y basket) y unos plazos de duración. En cristiano: el vendedor afirma por escrito cómo está la empresa, y si no está así, responde. Son la red de seguridad del comprador frente a lo que la due diligence no llegó a ver, y a menudo se refuerzan con una retención del precio en escrow.

La compraventa de participaciones de una sociedad limitada se formaliza en escritura pública ante notario, y las consecuencias que afectan a la sociedad (cambio de administrador, de capital, una fusión o una escisión) se inscriben en el Registro Mercantil que corresponde al domicilio social. Aquí conviene un apunte que confunde a mucha gente: Vigo no tiene Registro Mercantil propio. Si la sociedad tiene su domicilio en Vigo, esa inscripción se practica en el Registro Mercantil de Pontevedra, competente para toda la provincia. Y un eventual conflicto entre las partes correspondería a los juzgados de lo mercantil de Vigo. Conocer los tiempos de la inscripción y la documentación que se va a pedir evita que la operación se quede colgada en el último metro.

Ordenando la casa antes de abrir la puerta. Lo que más dinero le cuesta a un vendedor es llegar a la due diligence del comprador con cabos sueltos: contratos sin firmar, actas que faltan, un asunto fiscal abierto, una marca sin registrar. Cada cabo suelto es una excusa para bajarte el precio. Conviene hacerte tú la revisión antes, para llegar a la negociación con la empresa presentable y sin sorpresas. En la empresa familiar industrial de Vigo que afronta un relevo, empezar a ordenar con tiempo es lo que separa una venta digna de un malvender por prisa.

En una compraventa una parte compra y la otra vende: cambia el dueño de la empresa o de los activos. En una fusión dos o más sociedades se unen en una sola, y es una modificación estructural regulada por el Real Decreto-ley 5/2023, con un procedimiento propio (proyecto, informes, balance, acuerdo de junta y derecho de oposición de los acreedores) y garantías para socios y acreedores. Dicho fácil: comprar es cambiar de manos; fusionar es combinar las propias sociedades, con reglas más estrictas, y suele culminar con la inscripción en el Registro Mercantil de Pontevedra.

Mercedes · Batanero Abogados
La abogada

Mercedes Batanero, abogada mercantilista

Soy Mercedes Batanero y dirijo Batanero Abogados. Me dedico al Derecho Mercantil y Societario y a las operaciones de compraventa de empresas, y acompaño a emprendedores, startups, pymes y empresa familiar: no a grandes corporaciones, sino a quien compra, vende o fusiona una empresa y quiere hacerlo con criterio y con la posición protegida.

Me siento contigo a entender la operación por dentro: el negocio, los números y la negociación, no solo el contrato. Reviso a fondo antes de firmar, negocio contigo cada cláusula que importa (las garantías, el ajuste de precio, los pactos del día después) y dejo la operación bien atada para que, si algo aparece más tarde, estés protegido. Hablas directamente con la abogada que lleva tu caso, no con un intermediario, y te diré justo lo que necesitas escuchar, aunque a veces incomode.

Trabajo con empresas de Vigo y de toda España, online y, cuando el asunto lo requiere, también presencial. Lo que mueve la aguja en una operación no es la distancia a un despacho, es quién revisa la empresa, quién redacta el contrato y quién negocia las garantías; y el cierre se formaliza ante notario para inscribirse después en el Registro Mercantil de Pontevedra. Colegiada ICAM 138229.

Mercedes BataneroDerecho mercantil · M&A · Societario

¿Compramos, vendemos o fusionamos con criterio?

Cuéntanos qué operación tienes entre manos. Le damos una vuelta juntos, te decimos qué hay que revisar de verdad y dejamos tu posición protegida antes de firmar.

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