Un buen contrato no se nota mientras todo va bien. Se nota la primera vez que algo falla.
Redactamos y revisamos contratos de servicios, desarrollo tecnológico, colaboración y suministro para empresas de Valencia y de su área metropolitana.
Cuando se piensa en contratos entre empresas valencianas se suele pensar en mercancía: naranja, mueble, contenedores. Pero una parte creciente de la economía de la provincia vende otra cosa. En el Parque Tecnológico de Paterna, inaugurado en 1990, trabajan hoy más de 600 empresas y alrededor de 15.000 profesionales, en sectores como el software, la biotecnología, la energía, los materiales o los servicios avanzados a empresas. Lo que intercambian es horas de ingeniería, plataformas, datos y resultados de investigación.
Esos contratos fallan de otra manera. No llega una partida defectuosa: llega un sistema que no hace lo que el cliente esperaba, un proyecto que se alarga seis meses o un desarrollo que las dos partes creen suyo. Por eso los redactamos con otras preguntas en la cabeza.
Si trabajas con clientes o proveedores tecnológicos, estas son las cuestiones que dejamos resueltas por escrito.
Qué se va a entregar, con qué criterios de aceptación y qué pasa con lo que el cliente pide después y no estaba en el pedido.
Disponibilidad, tiempos de respuesta y qué compensación se aplica si no se cumplen, en lugar de discutirlo cada mes.
Quién es dueño del código, los informes o los resultados, y qué puede seguir usando cada parte cuando termine el contrato.
Un techo razonable para los daños, con las excepciones que la ley no permite limitar, como el dolo.
Qué información se comparte, quién trata datos personales por cuenta de quién y cómo se devuelve todo al final.
Plazo de preaviso, entrega de la información y colaboración para que el cliente pueda cambiar de proveedor sin quedarse a oscuras.
Muchas pymes valencianas contratan software, servicios en la nube o mantenimiento aceptando con un clic las condiciones generales del proveedor. Entre empresas, la Ley 7/1998 de condiciones generales exige que esas cláusulas se hayan podido conocer al contratar y que estén redactadas de forma clara y comprensible. Pero eso no te protege de lo que dicen. Un límite de responsabilidad igual a lo que pagaste el último mes o una renovación automática por tres años son válidos en muchos casos si se aceptaron.
Cuando el contrato es relevante para tu negocio, merece la pena negociar al menos un anexo propio. Y si eres tú quien vende, conviene tener unas condiciones generales bien hechas, adaptadas a cómo trabajas, para no depender de la buena voluntad del cliente cuando surja la primera discusión.
Otra situación muy valenciana es la colaboración entre una empresa y un instituto de investigación o un grupo universitario. Las universidades públicas de la ciudad tienen oficinas de transferencia con sus propios modelos de contrato, y suelen ser razonables, pero están pensados para proteger a la institución. La empresa tiene que fijarse en a quién pertenecen los resultados, si podrá explotarlos en exclusiva, qué se puede publicar y cuándo, y qué pasa si el proyecto no llega a ninguna parte. Revisamos esos textos y proponemos los cambios que la institución suele aceptar. Si antes de empezar vais a intercambiar información técnica, lo primero es un acuerdo de confidencialidad.
Qué servicio se presta, cuánto pesa en tu negocio y qué te preocuparía si saliera mal.
Si el contrato es tuyo, lo escribimos. Si es del otro, te lo devolvemos marcado con lo imprescindible y lo negociable.
Firma electrónica y, si lo necesitas, revisión de los anexos y renovaciones que vayan llegando.
Sí. La contratación electrónica entre empresas es plenamente válida. Lo que importa es poder acreditar qué versión aceptaste y cuándo.
No del todo. Los pedidos, presupuestos aceptados, facturas y correos forman un contrato y los tribunales los valoran. Pero cuanto más importante es el cliente, más conviene firmar un contrato marco que fije responsabilidades, plazos de pago y cómo se termina la relación.
Sí, con límites. No vale excluir la responsabilidad por dolo y conviene que el techo pactado sea proporcionado a lo que cobras y a los riesgos reales del servicio.
Sí, aunque tienen reglas propias. Los tratamos en contratos de distribución y agencia en Valencia. La visión general está en contratos mercantiles.
Reunir el contrato, las actas de aceptación y los correos, y valorar la reclamación. Lo explicamos en reclamación de impagos en Valencia.

Me dedico al Derecho Mercantil y reviso contratos de empresas tecnológicas, industriales y de servicios de toda España. Con las de Valencia trabajo a distancia y me desplazo cuando una negociación lo merece.
Escribo cada cláusula pensando en cómo la leerá alguien que no estuvo en la reunión.
Colegiada ICAM 138229.
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