Firmar como administrador es fácil. Responder como administrador, no tanto.
Secretaría societaria para sociedades de Granada: juntas generales, actas, libros, depósito de cuentas y respaldo jurídico para quien administra.
En muchas sociedades granadinas el administrador es el propio fundador, un hijo que tomó el relevo o un socio que aceptó el cargo porque alguien tenía que hacerlo. Firma las cuentas, convoca las juntas y representa a la empresa. Lo que no siempre sabe es que la ley le exige la diligencia de un ordenado empresario y que responde con su patrimonio de los daños que cause por actos contrarios a la ley o a los estatutos, o por incumplir sus deberes.
La gestión societaria es la parte menos visible de ese trabajo: que cada decisión se tome en el órgano correcto, que quede documentada y que llegue al Registro Mercantil cuando debe. No es burocracia por gusto. Es lo que protege al administrador el día que un socio, un acreedor o un comprador revisan lo que se hizo.
Para una sociedad cuyo ejercicio coincide con el año natural.
El órgano de administración tiene tres meses desde el cierre del ejercicio.
Actas, socios y contabilidad, en formato electrónico y dentro de los cuatro meses siguientes al cierre.
Dentro de los seis primeros meses del ejercicio, para aprobar cuentas, gestión y destino del resultado.
En el Registro Mercantil, en el mes siguiente a su aprobación.
Todavía quedan en Granada muchas sociedades anónimas constituidas hace décadas por familias del comercio, la hostelería o la construcción. Con los años, las acciones se han repartido entre herederos que no siempre se conocen bien, y la junta general de accionistas deja de ser una reunión de sobremesa para convertirse en un acto con consecuencias.
La anónima tiene reglas más exigentes que la limitada. La convocatoria se publica en la web corporativa inscrita o, si no la hay, en el BORME y en uno de los diarios de mayor circulación de la provincia, con al menos un mes de antelación. En la limitada bastan quince días, y los estatutos pueden prever una comunicación individual a cada socio. El orden del día debe ser claro, los accionistas pueden pedir información y el acta debe recoger lo necesario para que los acuerdos se puedan inscribir y defender. Un defecto en cualquiera de esos pasos es la puerta de entrada de una impugnación.
Preparamos la convocatoria, asistimos a la junta como asesores o como secretarios no socios cuando la sociedad lo necesita, y redactamos el acta y los certificados.
Si las cuentas no se depositan en plazo, el Registro Mercantil de Granada no inscribe casi ningún documento nuevo de la sociedad hasta que se regularice: ni un nuevo administrador, ni una ampliación de capital, ni un cambio de estatutos. Es lo que se conoce como cierre registral, y suele descubrirse justo cuando hace falta inscribir algo urgente.
Hay otra consecuencia menos conocida. Para licitar con una administración pública, la solvencia económica se acredita habitualmente con las cuentas aprobadas y depositadas. Una empresa granadina que quiere optar a contratos públicos y tiene ejercicios sin depositar parte con desventaja. Regularizar exige aprobar y depositar las cuentas pendientes, y lo planificamos para que la sociedad vuelva a estar al día cuanto antes.
Hay un deber del administrador que pesa más que todos los demás. Si las pérdidas dejan el patrimonio neto por debajo de la mitad del capital social, la sociedad está en causa de disolución, y el administrador tiene dos meses para convocar una junta que acuerde disolver o adopte las medidas que la saquen de esa situación, como ampliar o reducir capital.
Si no lo hace, responde solidariamente con la sociedad de las deudas nacidas después de producirse la causa. Es una de las reclamaciones más frecuentes contra administradores de pymes, y suele llegar de la mano de un proveedor que no ha cobrado. Por eso revisamos con el administrador las cuentas de cada cierre y, si el patrimonio se acerca a ese umbral, preparamos la junta a tiempo y dejamos constancia de lo que se decidió.
Comprobamos libros, actas, cuentas depositadas y cargos inscritos en el Registro Mercantil de Granada.
Si falta algo, lo regularizamos por orden de urgencia y te explicamos qué riesgo cubría cada paso.
Te avisamos de cada plazo y preparamos la documentación de la junta y del depósito.
La gestoría prepara la contabilidad y presenta trámites. Nosotros nos ocupamos de que las decisiones sociales estén bien tomadas y documentadas, y de asesorar al administrador cuando hay riesgo. Trabajamos coordinados.
La junta celebrada fuera de plazo es válida, pero el retraso arrastra el depósito de cuentas y puede provocar el cierre registral. Si los administradores no la convocan, un socio puede pedir que la convoque el registrador o el letrado de la Administración de Justicia.
Puedes renunciar, pero conviene hacerlo bien: comunicarlo a la sociedad, dejar constancia y procurar que se inscriba. Mientras no conste tu cese, terceros pueden seguir considerándote administrador.
Sí. No tenemos despacho en Granada. Convocatorias, actas y presentación telemática en el Registro se gestionan a distancia, y asistimos a las juntas por videollamada o en persona si se pide.

Llevo la vida societaria de pymes y empresas familiares, y asesoro a sus administradores en las decisiones que pueden comprometerles. Con sociedades de Granada trabajo en remoto. Más en gestión societaria.
Un acta bien hecha es la mejor defensa que conozco para un administrador.
Colegiada ICAM 138229.
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