Lo que enseñas en la primera reunión ya no vuelve a ser solo tuyo. Salvo que lo hayas firmado antes.
Acuerdos de confidencialidad para fabricantes, proveedores y empresas de base tecnológica de la provincia de Alicante que comparten su saber hacer con clientes, socios o inversores.
En Xixona se elabora todo el turrón que puede llevar el sello de las indicaciones geográficas Jijona y Turrón de Alicante. Según el propio sector, el Consejo Regulador tiene inscritas 22 empresas turroneras y 434 marcas comerciales, de las que solo 80 son de los propios fabricantes. Las otras 354 pertenecen a terceros. Dicho de otra forma, buena parte del turrón que se fabrica allí sale al mercado con el nombre de una cadena o de otra empresa.
Ese modelo, fabricar para quien luego vende, se repite por toda la provincia. Lo hacen los talleres de calzado que trabajan por encargo, los inyectores de plástico de la Foia de Castalla y muchos obradores de alimentación. Y tiene un punto débil que casi nadie mira: para que el cliente encargue, primero hay que enseñarle cómo se hace. La receta, el proceso, el coste de cada pieza, el proveedor de la materia prima. Si esa relación se rompe y nadie firmó nada, el cliente se marcha con lo aprendido y lo lleva a otro fabricante.
La Ley 1/2019 de Secretos Empresariales protege cualquier información técnica, comercial u organizativa que cumpla tres condiciones a la vez: que no sea conocida ni fácil de obtener en el sector, que tenga valor precisamente por ser secreta y que su titular haya tomado medidas razonables para mantenerla en secreto.
La tercera condición es la que decide muchos pleitos. Si compartiste la fórmula con un cliente sin ningún compromiso escrito, a la otra parte le resultará fácil sostener que nunca fue un secreto. En cambio, un acuerdo de confidencialidad firmado antes de la reunión es la prueba más clara de que trataste esa información como reservada. Además, la misma ley considera ilícito usar o revelar un secreto incumpliendo un acuerdo de confidencialidad, así que el documento sirve dos veces: demuestra que había secreto y fija la obligación que se ha roto.
Hay algo que la ley no hace por ti. Permite obtener la información estudiando o desmontando un producto que alguien tiene de forma legítima, salvo que esté sujeto a una obligación que se lo impida. Si entregas muestras, prototipos o moldes, es el contrato el que tiene que cerrar esa puerta.
Un acuerdo de confidencialidad útil no es una plantilla con el nombre cambiado. Estas son las cuestiones que negociamos en cada uno.
Una definición concreta: fichas técnicas, escandallos, listas de proveedores, planos, código, muestras físicas. Lo genérico se discute; lo enumerado se prueba.
La información que ya era pública, la que la otra parte ya tenía o la que desarrolla por su cuenta. Excluirla con precisión evita discusiones absurdas más tarde.
Solo para valorar el encargo o la operación. Sin esta limitación, la otra parte puede guardar silencio y aun así aprovechar lo que ha visto.
Unos años para la información comercial y, para lo que es un secreto con valor estratégico, mientras siga siéndolo. Un plazo corto deja sin cobertura justo lo importante.
Una cláusula penal pactada de antemano evita tener que demostrar al céntimo el daño sufrido, que es lo más difícil de un pleito de este tipo.
Qué se entrega al terminar, en qué plazo y cómo se acredita que se han borrado las copias digitales.
En el valle del juguete, entre Ibi, Onil, Castalla y Tibi, se fabrican según Turismo de la Comunitat Valenciana la mayoría de los juguetes y muñecas del país. Es una industria acostumbrada a trabajar con moldes caros, piezas de plástico inyectado y prototipos que viajan de una empresa a otra antes de que el producto llegue a la tienda.
En ese tipo de relación, el riesgo no está solo en un documento enviado por correo. Está en el molde que se queda en la nave del proveedor, en la muestra que el cliente lleva a otro taller para pedir presupuesto o en el prototipo que alguien fotografía en una visita. Por eso, cuando hay objetos de por medio, el acuerdo tiene que prohibir de forma expresa analizarlos, desmontarlos o copiarlos, regular quién es el dueño del utillaje y fijar cuándo y cómo se devuelve.
Si el problema ya se ha producido y un antiguo cliente o proveedor está usando lo que le enseñaste, lo que toca es valorar acciones por violación de secretos o por competencia desleal en Alicante. Con un NDA firmado, ese camino es mucho más corto.
Si solo una parte va a enseñar información, basta un acuerdo unilateral. Cuando las dos comparten, como en un proyecto de desarrollo conjunto entre una empresa de componentes y su cliente, lo lógico es un acuerdo mutuo, que obliga a ambas por igual. Lo que conviene evitar es firmar el modelo de la otra parte sin leerlo, porque muchas veces protege solo lo que ella entrega.
También importa quién firma. Si la información la van a ver empleados, colaboradores externos o asesores de la otra empresa, el acuerdo debe obligar a la sociedad a que ellos también respeten la reserva y a responder si no lo hacen. En el Parque Científico de Alicante, que agrupa a más de cincuenta empresas vinculadas a la Universidad de Alicante, es habitual que una spin-off presente su tecnología a una industria tradicional para validarla. Ahí el acuerdo debe cubrir también a los investigadores y a la propia universidad, si participa.
Muchas empresas alicantinas fabrican para clientes de otros países, y el Reino Unido es uno de los más habituales. En un acuerdo internacional hay dos cláusulas que pesan más que todas las demás: qué ley se aplica y qué tribunal decide. Si nada se pacta, la respuesta puede depender de normas de conflicto que nadie tuvo en cuenta al firmar.
Con clientes de la Unión Europea, la ejecución de una sentencia española es relativamente sencilla. Con el Reino Unido, tras el Brexit, la situación mejoró el 1 de julio de 2025, cuando entró en vigor para ese país el Convenio de La Haya de 2019 sobre reconocimiento y ejecución de sentencias, aplicable a procedimientos iniciados desde esa fecha. Aun así, conviene valorar caso por caso si es mejor pactar los tribunales de Alicante, los del cliente o un arbitraje.
Cuando el acuerdo se firma en dos idiomas, dejamos dicho cuál prevalece si las versiones no coinciden. Y si lo que se negocia no es un encargo sino la venta de la empresa, el NDA es solo la primera pieza de una operación que contamos en compraventa de empresas en Alicante.
Repasamos contigo qué vas a enseñar, a quién y con qué finalidad. Muchas veces aparece información sensible que no habías contado.
Preparamos el acuerdo a medida o revisamos el que te envía la otra parte, y te explicamos qué cambiaríamos y por qué.
Firma electrónica en la mayoría de casos y unas pautas sencillas para marcar documentos y controlar quién accede a ellos.
Algo ayuda, porque demuestra que la consideraste reservada, pero no fija para qué se puede usar, cuánto dura la obligación ni qué pasa si se incumple. Un acuerdo firmado resuelve esas cuestiones de antemano.
Léelo antes con atención o pide que lo revisemos. Es frecuente que solo proteja lo que entrega tu cliente y no lo que aportas tú, o que fije tribunales en otro país sin que te hayas dado cuenta.
Lo que pactéis, siempre que sea razonable. Para información estratégica es habitual fijar varios años o vincular la obligación a que la información siga siendo secreta. Lo importante es que el plazo se ajuste a lo que vale lo que compartes.
No siempre. Muchos fondos y business angels no firman acuerdos de confidencialidad en la primera presentación, porque ven decenas de proyectos parecidos. Lo sensato es enseñar en esa fase solo lo que puedas permitirte que circule y reservar el detalle técnico para cuando haya interés real y un compromiso firmado.
Las acciones de la Ley de Secretos Empresariales prescriben a los tres años desde que sabes quién cometió la infracción. Las de competencia desleal tienen plazos más cortos, así que conviene moverse pronto.

Trabajo solo en Derecho Mercantil para pymes industriales, empresa familiar y startups. Con empresas de Alicante lo hago por videollamada desde Madrid y me desplazo cuando una reunión lo pide.
Antes de redactar quiero que me cuentes qué es lo que te costaría perder. A partir de ahí, el acuerdo se escribe solo.
Colegiada ICAM 138229.
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