Puedes hacer que tu director general gane como un socio sin que llegue a serlo.
Diseñamos planes de incentivos en participaciones o en valor para empresas familiares valencianas que fichan dirección externa y para tecnológicas que compiten por talento.
Es una conversación que se repite en muchas empresas familiares valencianas cuando llega la segunda o la tercera generación. Ninguno de los hijos quiere o puede dirigir, y la familia decide fichar a un director general con experiencia. Ese directivo pide algo más que un buen sueldo: quiere participar en el valor que va a crear. Y la familia, que lleva décadas cuidando de que el capital no salga de casa, no está dispuesta a darle participaciones.
Para eso existen las phantom shares, o participaciones fantasma. No son participaciones reales. Son un compromiso contractual de la sociedad de pagar al directivo, cuando ocurra un hecho concreto, una cantidad equivalente a lo que se haya revalorizado un número determinado de participaciones. El directivo gana como si fuera socio, pero no vota, no entra en el libro registro y no puede bloquear ninguna decisión.
Las dos sirven para alinear a una persona clave con el futuro de la empresa, pero tienen efectos muy distintos sobre el capital.
Derecho a cobrar en dinero la revalorización de un número de participaciones teóricas. No hay cambio en el capital ni nuevos socios.
Derecho a adquirir participaciones reales en el futuro a un valor fijado hoy. Si se ejercen, el beneficiario se convierte en socio.
En las phantom paga la sociedad cuando se liquida el derecho. En las options, el beneficiario aporta el valor de ejercicio y recibe participaciones.
Las phantom no diluyen a la familia, aunque suponen una salida de caja. Las options reducen el porcentaje de los socios actuales.
Un plan de phantom shares vale lo que valga su cláusula de liquidación. Hay que decidir qué hechos dan derecho a cobrar: la venta de la empresa a un tercero, la entrada de un fondo, un plazo de años determinado o la salida pactada del directivo. Y hay que decidir cómo se mide la revalorización. En una sociedad que no cotiza no existe un valor de mercado diario, así que conviene fijar un método: un múltiplo de un resultado, el valor que resulte de una operación real o la valoración de un experto independiente.
Si el método no está claro, el día de la liquidación el directivo y la familia leerán el contrato de forma opuesta. Es el origen de buena parte de los conflictos que vemos en estos planes, y se evita escribiendo con números de ejemplo lo que cobraría el beneficiario en distintos escenarios.
El otro perfil valenciano que nos pide estos planes es el de las empresas tecnológicas. Solo en el Parque Tecnológico de Paterna trabajan alrededor de 15.000 profesionales en más de 600 empresas, y los perfiles técnicos más buscados reciben ofertas de compañías de toda Europa. Para una empresa joven, un plan de stock options es a menudo la única forma de competir con salarios que no puede igualar.
Aquí la herramienta suele ser distinta, porque los fundadores sí quieren que el equipo clave llegue a ser socio. En una limitada eso exige cuidado: las participaciones no se transmiten libremente, la transmisión debe constar en documento público y los estatutos pueden dar preferencia a los socios actuales. El plan tiene que prever de dónde saldrán las participaciones, sea de un aumento de capital con exclusión de la preferencia o de los propios fundadores, y que su ejercicio no choque con los estatutos ni con el pacto de socios.
Quién entra en el plan, qué queréis premiar y si estáis dispuestos a que el beneficiario llegue a ser socio.
Consolidación, hechos de liquidación, método de valoración, supuestos de salida y confidencialidad, en un documento único.
Acuerdos de junta u órgano de administración, ajustes de estatutos si hay participaciones reales y cartas de adhesión individuales.
Depende de lo que diga el plan. Lo habitual es distinguir entre quien sale por causas ajenas a su voluntad o de forma pactada, que conserva parte de lo consolidado, y quien se marcha a la competencia o incumple, que lo pierde.
No como a un socio. El plan puede prever qué información recibe el beneficiario para comprobar el cálculo, con un deber de confidencialidad.
Entonces el incentivo forma parte de su retribución como administrador, que debe encajar en el sistema que fijen los estatutos y en el importe máximo que apruebe la junta. Revisamos los estatutos antes de redactar el plan y, si no lo permiten, proponemos modificarlos.
No. Diseñamos la parte mercantil y nos coordinamos con el asesor de la empresa, que valora el tratamiento en impuestos para la sociedad y para el beneficiario.
Sí, y el inversor querrá verlo. Lo trabajamos junto a la ampliación de capital y lo explicamos en startups en Valencia. El marco general está en stock options.

Diseño planes de incentivos para empresas familiares y startups de toda España desde Madrid. Con las valencianas trabajo en remoto y me desplazo cuando hay que presentar el plan a la familia o al equipo.
Un plan que nadie entiende no motiva a nadie. Por eso lo explico siempre con ejemplos numéricos antes de que se firme.
Colegiada ICAM 138229.
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