Abogado de fusiones y adquisiciones en Bilbao

Si vas a comprar o vender una empresa, lo que no revises antes de firmar te lo quedas tú después.

Tienes una operación sobre la mesa: comprar una empresa, vender la tuya o fusionarte con otra. Y de pronto todo el mundo habla del precio, del calendario y de cerrar antes de verano. Como si lo único que se decidiera fuese una cifra.

Qué implica comprar una empresa

No lo es, ni de lejos. Lo que de verdad se juega está en lo que nadie abrió antes de firmar: el pasivo que no estaba en el balance, el cliente grande que se va el día que cambia el dueño, el pleito que el vendedor calló o ni conocía, la concesión que vence el año que viene, la plantilla con conflictos a medio resolver. Eso no se evapora con la rúbrica. Te lo llevas puesto.

Acompañamos a emprendedores, pymes, startups y empresa familiar a comprar, vender o fusionar empresas en Bilbao y en toda Bizkaia con un método claro: mirar bien qué hay debajo, negociar un contrato que defienda tu posición y cerrar la operación ante notario para inscribirla luego en el Registro Mercantil de Bizkaia. Para que firmes sabiendo lo que hay, no cruzando los dedos.

Una operación de fusiones y adquisiciones (lo que se conoce como M&A) parece, desde fuera, un regateo. Uno pide, otro ofrece, se quedan a mitad de camino y listo. Si la cosa terminara ahí, no harían falta ni contratos ni abogados.

Lo que mueves cuando compras o vendes una empresa va mucho más allá del número. Estás moviendo una sociedad con todo su historial: sus contratos, su gente, sus deudas a la vista y las que no, sus pleitos, sus impuestos, sus permisos, su marca, su cartera. Ese historial no te lo cuentan tomando un café. Se descubre revisando, y se reparte (quién asume qué) cláusula a cláusula en el contrato.

Bizkaia es un territorio donde esto ocurre a diario. Un tejido industrial potente (metal, máquina-herramienta, energía, ingeniería) y una mayoría aplastante de empresa familiar, muchas de ellas en plena reflexión sobre el relevo o la venta. No grandes grupos con un bufete de cien letrados detrás, sino empresas de tamaño normal que en una sola operación se juegan lo construido durante décadas. Y cuando la otra parte viene bien acompañada y tú no, esa diferencia acaba escrita en el contrato.

Comprar participaciones o comprar activos: la primera gran decisión

Al comprar una empresa hay dos rutas, y elegir una u otra lo cambia casi todo: la fiscalidad, lo que arrastras contigo, hasta dónde respondes. Merece la pena entenderlas antes de negociar una sola línea.

Compra de participaciones o acciones (share deal)

Te quedas con la sociedad completa. El negocio en marcha, sí, pero también su pasado entero: contratos, plantilla, deudas y cualquier sorpresa guardada, la conozcas o no. La sociedad sigue siendo la misma, con su personalidad jurídica intacta; lo único que cambia es quién está al mando. La ventaja es que no se rompe nada, todo sigue rodando. El inconveniente es que heredas el historial completo, incluido lo que nunca salió a la luz.

Compra de activos o de una unidad productiva (asset deal)

No compras la sociedad, compras elementos concretos: una marca, una cartera, una nave, una línea de fabricación, una unidad productiva que funciona. Eliges qué activos te llevas y, en principio, qué pasivos asumes. Es más a medida, pero también más trabajoso: hay que identificar y traspasar cada activo uno a uno, y hay contratos o licencias que no viajan solos.

Hay un detalle del asset deal que muchos descubren tarde y conviene tener claro de entrada: cuando lo que se traspasa es una unidad productiva con sus trabajadores, suele entrar en juego la sucesión de empresa del artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores. Dicho en cristiano: el comprador se subroga en la plantilla y en sus condiciones, y comprador y vendedor responden de forma conjunta de ciertas obligaciones laborales. Por eso el asset deal no siempre deja lo laboral fuera, como parece a simple vista. De esto hay que hablar antes de poner nada por escrito, porque la estructura ideal para una parte puede ser la peor para la otra.

La due diligence: mirar a fondo la empresa antes de firmar

Si hay una fase que no se puede saltar, es esta. Y es justo la que se resuelve con prisas cuando hay ganas de cerrar. La due diligence es la revisión a fondo de la empresa antes de comprarla. Se examinan las cuatro patas: la legal (contratos, sociedades, pleitos, licencias), la financiera (si las cuentas dicen de verdad lo que aparentan), la fiscal (impuestos pagados y los que puedan asomar) y la laboral (plantilla, contratos, posibles reclamaciones). Resumiendo: abrir la empresa en canal y ver qué hay dentro, no lo que dice el catálogo de venta. ¿Para qué sirve? Para dos cosas, y las dos pesan lo suyo.

Saber qué compras de verdad

Una empresa puede esconder un pleito a punto de saltar, una contingencia fiscal latente, un arrendamiento con una cláusula que se dispara al cambiar de titular, clientes que se van cuando cambia el dueño, o una plantilla con reclamaciones pendientes. Nada de eso sale en la primera reunión. Sale cuando lo buscas.

Negociar con esa información encima de la mesa

Lo que aparece no solo vale para echarse atrás si la cosa huele mal. Vale para bajar el precio, exigir garantías concretas, retener parte del pago hasta que el riesgo pase, o reclamar que el vendedor cargue con un problema heredado de su etapa.

Sin due diligence, compras a ciegas y firmas confiando. Con due diligence, firmas sabiendo. Lo que queda mal atado se paga, y en una compraventa de empresas se paga muy caro.

Trabajamos con empresas de Bilbao y de toda España

Vamos a ser claros, porque preferimos decir las cosas como son. No tenemos oficina física en Bilbao. Y para una operación de compraventa o de fusión, eso no te resta absolutamente nada.

Llevamos operaciones de empresas de Bilbao, de toda Bizkaia y de toda España. La parte del trabajo que mueve la aguja (revisar la empresa en la due diligence, redactar y negociar el contrato, preparar el cierre) es documental y se gestiona perfectamente en remoto, y cuando el asunto lo requiere, también de forma presencial. Lo importante no es la distancia hasta un despacho, es quién mira lo que compras o vendes y quién negocia las garantías que te protegen.

Y hay un hecho objetivo que sí ancla la operación al territorio: si la sociedad tiene su domicilio en Bizkaia, el cierre se inscribe en el Registro Mercantil de Bizkaia, y un eventual conflicto entre las partes correspondería a los juzgados de lo mercantil de Bilbao. El tejido vizcaíno es sobre todo industria (metal, máquina-herramienta, energía, ingeniería) y empresa familiar afrontando su relevo, y acompañar ahí una compraventa o una fusión bien hecha es exactamente lo que hacemos. Sin vender una cercanía que no toca, con el trabajo que sí importa.

Cómo trabajamos

Cómo trabajamos contigo

01

Llamada inicial (15 minutos)

Nos cuentas qué operación tienes sobre la mesa: comprar, vender o fusionar. Te decimos qué hay que mirar, dónde están los riesgos y qué información hace falta. Sin tecnicismos.

02

Revisión y due diligence

Miramos a fondo la empresa antes de firmar (legal, financiera, fiscal y laboral) y traducimos lo que aparece en palancas de negociación: precio, garantías y condiciones.

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Contrato, negociación y cierre

Negociamos y redactamos el contrato que protege tu posición (manifestaciones y garantías, ajuste de precio) y preparamos el cierre ante notario y la inscripción en el Registro Mercantil de Bizkaia.

Las claves

A fondo: garantías, precio, estructura y operaciones

Comprar o vender una empresa no es un acto único, es un proceso con orden. Cada fase cumple una función, y saltarse una, o despacharla deprisa, es justo donde brotan los problemas. Este es el recorrido habitual de una operación de M&A:

  1. Confidencialidad (NDA) y carta de intenciones (LOI). Antes de enseñar las tripas de la empresa, las partes firman un acuerdo de confidencialidad para que lo que se comparta no termine en manos de la competencia. Y se fija una carta de intenciones que marca las reglas del juego: qué se quiere comprar o vender, en qué condiciones de partida y con qué calendario. Suele incluir exclusividad, para que el vendedor no negocie con otros mientras dura el proceso.
  2. Due diligence. La revisión a fondo que acabamos de ver. Es el momento de levantar las alfombras y ver qué se está comprando en realidad.
  3. Negociación y firma del contrato de compraventa (SPA). El documento que lo recoge todo: qué se compra exactamente, el precio, la forma de pago, las condiciones y las garantías. Es donde lo descubierto en la revisión se convierte en cláusulas y en protección de verdad.
  4. Condiciones suspensivas. Antes del cierre suelen tener que cumplirse ciertos requisitos pactados: una autorización, el visto bueno de un tercero, que no aparezca ningún problema grave. Hasta que no se cumplen, la operación no avanza.
  5. Cierre (closing) ante notario. La firma definitiva y el pago. La compraventa de participaciones de una sociedad limitada se documenta en escritura pública. Cuando se cierra, la operación es un hecho: la empresa, o lo que se haya comprado, cambia de manos.
  6. Inscripción en el Registro Mercantil de Bizkaia. Las consecuencias que afectan a la sociedad (un cambio de administrador, de capital, una fusión, una escisión) se inscriben en el Registro Mercantil de Bizkaia para que surtan efecto frente a terceros. Mientras eso no esté hecho, hay cosas que no quedan cerradas del todo por mucho que se hayan estrechado las manos.

Parece mecánico, y en parte lo es. Pero en cada fase hay decisiones que marcan el resultado: cuánto retienes del precio hasta que el riesgo pase, qué garantías exiges, qué condiciones impones al cierre. Esas decisiones no las toma una plantilla descargada de internet.

Si tuviera que apuntar la parte del contrato que más protege a quien compra, serían estas.

Las manifestaciones y garantías, lo que en la jerga se llama representations and warranties, son las declaraciones que hace el vendedor sobre el estado real de la empresa. El vendedor afirma, por escrito y con consecuencias, cosas como que las cuentas reflejan la situación real, que no hay pleitos ocultos, que los impuestos están al día, que los contratos importantes siguen vigentes, que no hay deudas que falten en el balance.

¿Por qué pesan tanto? Porque no existe la due diligence perfecta. Por bien que se revise una empresa, siempre puede quedar algo sin aflorar. Las manifestaciones y garantías tapan ese hueco: si más adelante resulta que algo de lo que el vendedor declaró era falso, entra en juego el régimen de indemnización pactado y el vendedor responde.

En cristiano: el vendedor te jura que la empresa está como dice, y si no lo está, paga. Por eso se negocian con tanto detalle, y por eso conviene conocer las piezas con las que se mide esa responsabilidad:

  • Régimen de indemnización (indemnity). El mecanismo por el que el vendedor responde cuando una garantía resulta falsa o aflora una contingencia cubierta. Define cómo, cuándo y hasta dónde paga.
  • Límite máximo (cap). El tope de lo que el vendedor puede llegar a responder. Marca el techo de su exposición.
  • Umbral mínimo (de minimis y basket). El de minimis descarta las reclamaciones pequeñas, las que no alcanzan una cifra mínima. El basket fija un suelo: hasta que el conjunto de problemas no supera cierto nivel, no se reclama nada.
  • Plazos de supervivencia. Cuánto tiempo siguen vivas las garantías después del cierre. Lo fiscal y lo laboral suelen durar más que el resto, por sus propios plazos legales.

Una buena cláusula puede ser la diferencia entre recuperar lo que pierdes por una sorpresa o comértela tú entero. Es, muchas veces, donde se gana o se pierde la operación.

Aquí hay algo que descoloca a quien compra o vende su primera empresa: el número que se acuerda al principio rara vez es el que se paga al final. Y no porque alguien haga trampas, sino porque una empresa no es una foto fija.

Entre que se pacta un precio y se cierra la operación, el negocio sigue vivo: cobra, paga, factura, contrae deudas. Por eso el contrato suele incluir un mecanismo de ajuste de precio, que afina la cifra según cómo esté la empresa de verdad el día del cierre. Hay dos grandes formas de hacerlo, y conviene saber cuál te interesa:

  • Locked box. Se fija el precio sobre unas cuentas de una fecha pasada y ya cerrada, y desde ahí el riesgo del negocio pasa al comprador. Da certeza (el número está clavado), pero exige fiarse de esas cuentas y blindar que el vendedor no vacíe valor entre esa fecha y el cierre.
  • Completion accounts. El precio se ajusta después del cierre, con unas cuentas hechas a la fecha real de la operación. Es más preciso, retrata la foto exacta del día del cierre, pero abre una negociación posterior y, a veces, alguna discrepancia.

A esto se suman otras piezas que también forman parte del precio real, aunque no sean la cifra grande que se anuncia: una parte del pago que se retiene un tiempo por si aflora un problema de los que cubren las garantías, o un earn-out, importes que se abonan más adelante solo si la empresa cumple ciertos objetivos tras la compra.

En cristiano: el precio de una empresa no es un número, es un mecanismo. Y cómo se arme ese mecanismo en el contrato protege tu posición tanto o más que la cifra de salida. Por eso no nos quedamos en el cuánto, sino en el cómo y el cuándo se paga, y qué pasa si algo no cuadra.

Una operación no acaba al firmar. Buena parte de su valor depende de lo que se pacte para el día siguiente, y eso también se negocia en el contrato.

  • Pacto de no competencia. El vendedor se compromete a no montar ni colaborar con un negocio que compita con el que acaba de vender, durante un tiempo y en un territorio razonables. Sin esto, podrías comprar una empresa y encontrarte al vendedor llevándose a la clientela a la semana siguiente.
  • Permanencia de los vendedores clave. En muchas operaciones, el valor está en las personas: el fundador, el equipo técnico que conoce el proceso, quien sostiene la relación con los clientes. Se pacta que esas personas sigan un tiempo, para que el conocimiento no salga por la puerta el mismo día del cierre.
  • Pacto de socios post-cierre. Si tras la operación conviven varios socios en la sociedad (por ejemplo, cuando el comprador entra pero el vendedor conserva una parte), el pacto que regula esa convivencia es clave para que la compra no abra un conflicto nuevo.

Pensar en el día después no es desconfianza. Es lo que hace que lo que compras siga valiendo lo que pagaste cuando ya no estás encima.

Hasta aquí hemos hablado sobre todo de comprar y vender. Pero existe otra familia de operaciones distinta: las que cambian la propia estructura de las sociedades.

Una fusión es la unión de dos o más sociedades en una sola. Una escisión es lo contrario: una sociedad se divide, total o parcialmente, en varias. Junto a ellas están otras modificaciones estructurales, como la transformación (cambiar de tipo de sociedad), la cesión global de activo y pasivo o el traslado internacional del domicilio.

Estas operaciones están reguladas hoy por el Real Decreto-ley 5/2023, que sustituyó a la anterior Ley 3/2009 de Modificaciones Estructurales. Y no son un mero trámite: tienen su procedimiento (proyecto, informes, balance, acuerdo de junta, derecho de oposición de los acreedores, escritura e inscripción), pensado para proteger a los socios y a los acreedores de las sociedades implicadas. En cristiano: fusionar o escindir empresas no es solo una decisión de negocio, es un proceso jurídico con reglas que hay que cumplir paso a paso, y un error en el camino puede frenar toda la operación o dejarla expuesta a impugnación. Estas operaciones suelen cerrar precisamente con la inscripción en el Registro Mercantil de Bizkaia, así que conviene plantearlas bien desde el primer día.

Hasta aquí hemos mirado mucho desde el lado de quien compra. Pero la mitad de las operaciones se ven desde el otro lado: el de quien vende. Y vender bien también se prepara.

Lo que más dinero le cuesta a un vendedor no suele ser negociar flojo. Es llegar a la due diligence del comprador con la casa desordenada: contratos sin firmar, actas de juntas que faltan, un tema fiscal sin cerrar, una marca que se usa pero nunca se registró, participaciones cuya titularidad no está clara del todo. Cada uno de esos cabos sueltos es una excusa para que el comprador baje el precio o exija más garantías.

Preparar la venta es ordenar todo eso antes de abrir la puerta. Es la due diligence que te haces a ti mismo para llegar a la mesa con la empresa presentable y sin sorpresas que jueguen en tu contra. Cuanto más limpia esté la sociedad, menos margen tiene el comprador para regatear y más firme es tu posición. En Bizkaia esto pesa especialmente en la empresa familiar industrial que afronta el relevo: en buena parte de estas sociedades ni siquiera hay todavía un sucesor decidido, y ordenar la casa con tiempo, antes de buscar comprador, es lo que separa una venta digna de un malvender por prisa o por falta de relevo.

Si estás pensando en vender tu empresa, o en traspasarla porque te jubilas o cambias de rumbo, cuanto antes empieces a ordenar, mejor sales. Lo vemos contigo, cabo por cabo.

El despacho

Por qué una abogada mercantilista a tu lado

Una operación de M&A no es un documento que se firma. Es un proceso que se acompaña de principio a fin, y en cada fase hay decisiones que protegen, o que dejan al descubierto, tu posición. Ahí no basta con rellenar un contrato de plantilla, ni con que una gestoría te tramite la escritura.

En Batanero Abogados nos dedicamos solo a Derecho Mercantil y Derecho Societario. No somos un despacho que hace de todo un poco. Esa especialización es la que permite ver dónde están los riesgos de una compraventa antes de que se conviertan en un problema: la garantía que falta, el ajuste de precio mal calibrado, la contingencia laboral que nadie miró, la cláusula que deja al comprador o al vendedor expuesto. Y hablas directamente con la abogada que lleva tu operación, no con un comercial, ni con un becario, ni con un equipo rotatorio del que nunca sabes quién lleva tu caso.

Tratamos una operación de compraventa de empresa como lo que es, una de las decisiones más grandes en la vida de un negocio, no un trámite que se despacha rápido. Esta página es una pieza de nuestro trabajo como abogado mercantil en Bilbao, donde acompañamos a las empresas en todo lo que rodea a una operación así.

Madrid · distrito financiero de la Castellana

Tu operación de M&A bien planteada

Tanto si compras, como si vendes o fusionas, lo importante es mirar antes de firmar. Cuéntanos qué tienes sobre la mesa y te diremos, sin paños calientes, qué hay que revisar de verdad y cómo dejar tu posición protegida.

Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes

En la compra de participaciones o acciones (share deal) compras la sociedad entera, con su pasado y sus contingencias: los mismos contratos, la misma plantilla, las mismas deudas. En la compra de activos o de una unidad productiva (asset deal) compras elementos concretos y eliges, en principio, qué activos y qué pasivos asumes. El share deal da continuidad, pero hereda todo el historial; el asset deal da control, pero es más laborioso de articular, y si se traspasa una unidad productiva con trabajadores suele operar la sucesión de empresa del artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores. Cuál conviene depende de la empresa, de sus riesgos y de la fiscalidad de cada parte. Es justo de lo que conviene hablar antes de decidir.

Es la revisión a fondo de la empresa antes de comprarla: legal, financiera, fiscal y laboral. Sirve para dos cosas. Primero, saber qué se compra de verdad (deudas, contratos, pleitos, situación laboral y fiscal), y no lo que cuenta el catálogo de venta. Segundo, negociar con esa información en la mano: ajustar el precio, exigir garantías o retener parte del pago hasta que el riesgo pase. Sin due diligence se compra a ciegas. Es la fase que no conviene saltarse nunca.

Son las declaraciones del vendedor sobre el estado real de la empresa: que las cuentas son ciertas, que no hay pleitos ocultos, que los impuestos están pagados, que no hay deudas escondidas. Y, sobre todo, llevan asociado un régimen de indemnización si resultan falsas, con sus límites: un tope máximo (cap), un umbral por debajo del cual no se reclama (de minimis y basket) y unos plazos de duración. En cristiano: el vendedor afirma por escrito cómo está la empresa, y si no está así, responde. Son la red de seguridad del comprador frente a lo que la due diligence no llegó a ver.

La compraventa de participaciones de una sociedad limitada se formaliza en escritura pública ante notario, y las consecuencias que afectan a la sociedad (cambio de administrador, de capital, una fusión o una escisión) se inscriben en el Registro Mercantil que corresponde al domicilio social. Si la sociedad tiene su domicilio en Bizkaia, esa inscripción se hace en el Registro Mercantil de Bizkaia, y un eventual conflicto entre las partes correspondería a los juzgados de lo mercantil de Bilbao. Conocer cómo se mueven los tiempos de la inscripción y la documentación que se va a pedir evita que la operación se quede colgada en el último metro.

Ordenando la casa antes de abrir la puerta. Lo que más dinero le cuesta a un vendedor es llegar a la due diligence del comprador con cabos sueltos: contratos sin firmar, actas que faltan, un tema fiscal abierto, una marca sin registrar. Cada cabo suelto es una excusa para bajarte el precio. Conviene hacerte tú la revisión antes, para llegar a la negociación con la empresa presentable y sin sorpresas. En la empresa familiar industrial vizcaína que afronta un relevo, donde muchas veces ni siquiera hay todavía un sucesor decidido, empezar a ordenar con tiempo es lo que separa una venta digna de un malvender por prisa.

En una compraventa una parte compra y la otra vende: cambia el dueño de la empresa o de los activos. En una fusión dos o más sociedades se unen en una sola, y es una modificación estructural regulada por el Real Decreto-ley 5/2023, con un procedimiento propio (proyecto, informes, balance, acuerdo de junta y derecho de oposición de los acreedores) y garantías para socios y acreedores. Dicho fácil: comprar es cambiar de manos; fusionar es combinar las propias sociedades, con reglas más estrictas, y suele cerrar con la inscripción en el Registro Mercantil de Bizkaia.

Mercedes · Batanero Abogados
La abogada

Mercedes Batanero, abogada mercantilista

Soy Mercedes Batanero y dirijo Batanero Abogados. Me dedico al Derecho Mercantil y Societario y a las operaciones de compraventa de empresas, y acompaño a emprendedores, startups, pymes y empresa familiar: no a grandes corporaciones, sino a quien compra, vende o fusiona una empresa y quiere hacerlo con criterio y con la posición protegida.

Me siento contigo a entender la operación por dentro: el negocio, los números y la negociación, no solo el contrato. Reviso a fondo antes de firmar, negocio contigo cada cláusula que importa (las garantías, el ajuste de precio, los pactos del día después) y dejo la operación bien atada para que, si algo aparece más tarde, estés protegido. Hablas directamente con la abogada que lleva tu caso, no con un intermediario, y te diré justo lo que necesitas escuchar, aunque a veces incomode.

Trabajo con empresas de Bilbao, de toda Bizkaia y de toda España, online y, cuando el asunto lo requiere, presencial. Lo que mueve la aguja en una operación no es la distancia a un despacho, es quién revisa la empresa, quién redacta el contrato y quién negocia las garantías; y el cierre se formaliza ante notario para inscribirse después en el Registro Mercantil de Bizkaia. Colegiada ICAM 138229.

Mercedes BataneroDerecho mercantil · M&A · Societario

¿Compramos, vendemos o fusionamos con criterio?

Cuéntanos qué operación tienes entre manos. Le damos una vuelta juntos, te decimos qué hay que revisar de verdad y dejamos tu posición protegida antes de firmar.

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