Las relaciones que sostienen tu negocio, por escrito y bien atadas.
Distribución, agencia, suministro y colaboración con las condiciones, las garantías y la salida claras, para no depender de la buena voluntad de nadie.
Son los contratos que mueven tu negocio cada día: el proveedor que te suministra, el distribuidor que vende tu producto, el agente que te trae clientes. Como funcionan por costumbre, casi nadie se para a ponerlos por escrito en serio, y ahí está el riesgo.
Tienen una particularidad: duran en el tiempo. Y cuanto más duran, más caro sale no haber pactado bien cómo se entra, cómo se trabaja y, sobre todo, cómo se sale.
¿Tu empresa está en Madrid? Lo vemos en distribución y agencia en Madrid, con el foro de los Juzgados de lo Mercantil de Madrid.
Cada relación comercial tiene su letra pequeña. Estos son los que más nos llegan.
Otro vende tu producto en su zona. Exclusividad, objetivos, precios y qué pasa con clientes y stock al terminar.
Alguien cierra ventas por ti de forma estable. Ojo a la indemnización por clientela al terminar.
Las condiciones de tu cadena: precios, plazos, calidad y cómo te proteges si te dejan tirado.
Cuando te unes a otra empresa: quién aporta qué y cómo se reparten resultados y responsabilidades.
Nos cuentas qué relación comercial quieres cerrar o cuál te han propuesto firmar. Te decimos si te podemos ayudar y por dónde empezar.
Entendemos cómo va a funcionar la relación en el día a día y detectamos los riesgos reales, sobre todo los de la salida.
Redactamos a medida o revisamos el que te han pasado, marcando lo que no te conviene, y negociamos las cláusulas clave por ti.
La mayoría de los conflictos no aparecen al firmar, sino cuando la relación acaba.
En agencia, al acabar el agente puede reclamar una compensación por la cartera aportada (Ley del Contrato de Agencia).
Con cuánto tiempo se puede terminar y en qué condiciones, para no quedar atado a algo que ya no funciona.
Qué pasa con el stock que le queda al distribuidor y si había exclusividad de verdad.
Se parecen tanto que mucha empresa los confunde, y esa confusión sale carísima justo al terminar la relación. La clave está en por cuenta de quién se actúa:
Llamar «distribución» a lo que en realidad es una agencia, o al revés, puede costarte una indemnización que no esperabas o dejarte sin una que te correspondía. Por eso el nombre del contrato importa menos que cómo está construido de verdad: eso es lo que mira un juez.
El contrato de distribución o agencia se firma con ilusión y se pelea al romper. Estos son los frentes donde se decide el dinero:
Casi todo esto se puede dejar cerrado al firmar, cuando las dos partes están de acuerdo. Negociarlo en plena ruptura es cuando sale caro.
Uno de los puntos que más valor (y más conflicto) genera es la exclusividad. Conviene dejar claro desde el principio:
La exclusividad bien pactada alinea a las dos partes y da seguridad para invertir. Mal pactada, o dada por supuesta sin ponerla por escrito, es una de las mayores fuentes de pleito comercial. Se decide al redactar, no después.
En la distribución, el distribuidor compra tu producto y lo revende por su cuenta y riesgo. En la agencia, el agente promueve tus ventas pero la venta es tuya. La diferencia importa mucho, sobre todo por la indemnización por clientela, que es propia de la agencia.
Puede ser, según el caso. La Ley del Contrato de Agencia prevé una indemnización por clientela cuando se cumplen ciertas condiciones. Lo mejor es dejarlo previsto al firmar; si ya estás en ello, lo valoramos contigo.
Sí. Revisamos cada cláusula, te explicamos qué implica, sobre todo las de exclusividad y salida, y te decimos qué negociar antes de firmar.
Mientras todo va bien, no se nota. El problema aparece cuando uno falla en un momento clave y no hay nada que regule plazos, calidad ni consecuencias. Ponerlo por escrito es justo lo que te protege ese día.
En términos generales, cuando el agente ha aportado clientes nuevos o incrementado sensiblemente el negocio con los existentes, y el empresario sigue beneficiándose de esa clientela tras la ruptura. Se calcula con reglas concretas y con un tope legal. Tenerlo previsto en el contrato evita discutirlo en el peor momento.
No sin arriesgarte. Una relación estable exige un preaviso razonable, y cortar de golpe puede generar derecho a indemnización por la ruptura brusca. Lo limpio es pactar el plazo de preaviso desde el inicio, para que ninguna de las partes se lleve una sorpresa.
Un acuerdo verbal puede valer, pero te deja sin red cuando surge un problema de calidad, de plazo o de pago. No hace falta un contrato enorme: a veces unas condiciones claras por escrito cambian por completo tu posición si la relación se tuerce.

Soy Mercedes Batanero y dirijo Batanero Abogados. Conozco tu empresa, diseño la estrategia y me siento a negociar contigo. Hablas directamente con la abogada que lleva tu caso.
Soy especialista en Derecho Mercantil. No soy la abogada que dice a todo que sí para facturar más: te diré lo que necesitas escuchar, aunque a veces incomode.
Colegiada ICAM 138229.
Otros servicios de Derecho Mercantil que pueden interesarte: contratos mercantiles, acuerdo de confidencialidad (NDA), abogado de empresa.
¿Tu empresa está en Barcelona? Lo vemos en distribución y agencia en Barcelona.
¿Tu empresa está en Valencia? Lo vemos en los contratos de distribución y agencia en Valencia.
¿Tu empresa está en Sevilla? Lo vemos en los contratos de distribución y agencia en Sevilla.
¿Tu empresa está en Zaragoza? Lo vemos en los contratos de distribución y agencia en Zaragoza.
¿Tu empresa está en Bilbao? Lo vemos en los contratos de distribución y agencia en Bilbao.
¿Tu empresa está en Alicante? Lo vemos en los contratos de distribución y agencia en Alicante.
¿Tu empresa está en Granada? Lo vemos en los contratos de distribución y agencia en Granada.
¿Tu empresa está en Vigo? Lo vemos en los contratos de distribución y agencia en Vigo.
¿Tu empresa está en Malaga? Lo vemos en los contratos de distribución y agencia en Malaga.
¿Tu empresa está en Palma? Lo vemos en los contratos de distribución y agencia en Palma.
¿Tu empresa está en Las Palmas de Gran Canaria? Lo vemos en los contratos de distribución y agencia en Las Palmas de Gran Canaria.
¿Tu empresa está en Santa Cruz de Tenerife? Lo vemos en los contratos de distribución y agencia en Santa Cruz de Tenerife.
¿Tu empresa está en Córdoba? Lo vemos en los contratos de distribución y agencia en Córdoba.
Utilizamos cookies para mejorar tu experiencia en nuestro sitio. Al continuar navegando, aceptas el uso de cookies.
Manage your cookie preferences below:
Essential cookies enable basic functions and are necessary for the proper function of the website.
You can find more information in our Política de cookies and .